sábado, 27 de junio de 2009

TC DECLARA FUNDADA EN PARTE DEMANDA CONTRA LEY DE LIBRE DESAFILIACIÓN DE LAS AFP

Señala que información indebida, insuficiente y/o inoportuna es causal de nulidad de la afiliación al Sistema Privado de Pensiones

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más del 25% de congresistas contra la Ley Nº 28991, ley de Libre Desafiliación, y en consecuencia, inconstitucional la omisión legislativa consistente en no haber incluido a la indebida, insuficiente y/o inoportuna información, como causal de nulidad del acto de afiliación al Sistema Privado de Pensiones.

Así lo señala el Colegiado en la sentencia recaída en el Expediente Nº00014-2007-PI/TC; precisando que los criterios establecidos en la presente sentencia son de alcance general y vinculan a todos los poderes públicos, de conformidad con los artículos 81º y 82º del Código Procesal Constitucional.

En vista que resulta constitucionalmente exigible establecer una regla de Derecho vinculante y con alcance general que permita cubrir la inconstitucional omisión legislativa y de conformidad con el artículo 65º de la Constitución, el TC dispone que se interprete que constituye causal de desafiliación del Sistema Privado de Pensiones y como consecuencia el derecho de retorno al Sistema Público de Pensiones, la acreditación de que la decisión de afiliación al Sistema Privado de Pensiones, fue consecuencia de una indebida, insuficiente y/o inoportuna información por parte de la AFP o de la Administración Pública.

1 comentario:

  1. AMPLIEN HASTA EL 31 DE dICIEMBRE DEL 2000 el requisito para solicitar la desafilicacion

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